MAGALY SOLIER: ENTRE EL PAQUETE DE GALLETAS, EL CD PIRATA Y LA MASTURBACIÓN EN EL METROPOLITANO

Alcance jurídico de una falta

Por: Ernesto Toledo Bruckmann

Si alguno de nosotros tuviera un paquete de galletas y éste es robado por un individuo, la figura legal podría discutirse; el objeto es incautado contra nuestra voluntad y para satisfacer el gusto del individuo. Al margen de la gravedad la conducta antijurídica pasaría a ser una falta de hurto de uso o por necesidad.Cuando una mujer es víctima de una violación sexual, se trata de un acto de coacción con el objeto de llevar a cabo una determinada conducta sexual y satisfacer el impulso de un individuo; jurídicamente se trataría de un delito a la libertad sexual.

En ambos casos no se pone en juego ni el acto sexual ni el paquete de galletas sino la voluntad de una de las partes.

En los últimos días, la actriz huantina Magali Solier pasó por varios medios de comunicación denunciando entre lágrimas que un individuo se masturbaba detrás de ella cuando se encontraba en el Metropolitano.

En ninguna de sus declaraciones la actriz de “La teta asustada” denunció haber sido tocada contra su voluntad ni oír frases insinuosas del individuo.

Jurídicamente el episodio deplorable se tipificaría como falta; el individuo que compartía el medio de transporte masivo cumplió una satisfacción sexual contra la voluntad de la actriz pero sin forzarla a nada. Esto no deja de ser aberrante.

Cuando de paso por el centro de Lima compramos un CD pirata de nuestro conjunto musical favorito, el delito lo comete el vendedor y toda la cadena que culmina con el comprador, que buscan lucrar con el trabajo intelectual del autor. El delito nuestro es satisfacer una necesidad de distracción contra la voluntad del músico pues éste último no consintió amenizar nuestra fiesta familiar gratuitamente.

En este caso, como en el de la víctima de violación y del robo, lo discutido es la libertad sexual, la propiedad sobre nuestro cuerpo, el paquete de galletas o la autoría musical y el derecho de los agraviados de ejercer su voluntad.

Luego de todo ello podemos preguntarnos: ¿alguien sabía lo que pensaba el individuo en el preciso momento de masturbarse en el Metropolitano?. ¿Alguien podía dar fe de que la satisfacción sexual era producto de la presencia de Magali Solier?. ¿No nos satisfacemos a diario con una imagen ajena, pese a la voluntad de ésta última? Poco o nada nos importa lo que piense el ícono que nos motiva porque no sabe de nuestra existencia.

A nadie le queda la menor duda que un acto natural como la masturbación se convierte en obsceno- y por consiguiente en falta- cuando se realiza en la vía pública. Tampoco hay estadísticas de cuántos peruanos se masturban al año y menos de cuántos lo hacen públicamente.

Magali Solier expuso entre llantos que un individuo satisfizo una necesidad natural detrás de ella, siendo ella misma- según la actriz- la motivación para realizar el acto obsceno.

Entendemos que el acoso sexual es genéricamente la manifestación de una serie de conductas compulsivas de solicitud de favores sexuales pero la actriz no ha declarado que el individuo la tocó o haya expresado su intención de ser correspondido.

Mediáticamente, el acoso a Magali Solier es un delito pero jurídicamente es una falta. Si el autor del presente artículo fuese mujer, difícilmente hubiese tenido la suerte de denunciar el acoso sexual en RPP u otro medio de comunicación. Sin embargo, lo ocurrido a la actriz le pudo ocurrir a cualquier otra mujer, de ahí la necesidad de solidarizarnos con la actriz y rechazar hechos aberrantes como el acoso sexual y el racismo que cundió en los grupos de interés social como en el facebook.